La Comisión Europea ha impuesto una multa de 40 millones de euros a Kingspan por facilitar información incorrecta y engañosa durante la revisión, en 2021, de su plan de adquisición de Trimo, según ha anunciado el Ejecutivo comunitario. La operación fue finalmente abandonada por Kingspan. Ambas compañías operan en el mercado de paneles sándwich de fibra mineral, utilizados en la construcción, renovación y aislamiento de edificios industriales y comerciales.
La investigación se abrió en noviembre de 2022 para determinar si Kingspan había proporcionado información incorrecta o engañosa de forma intencionada o negligente durante el examen de la operación. El 19 de marzo de 2024, la Comisión envió a la empresa un pliego de cargos en el que señalaba, de forma preliminar, seis infracciones del reglamento de concentraciones. Tras analizar los argumentos de Kingspan, la Comisión precisó sus objeciones en un pliego complementario y retiró dos de las seis iniciales.
En la decisión anunciada este jueves, la Comisión concluye que Kingspan cometió cuatro infracciones distintas del reglamento al proporcionar, al menos de forma negligente:
- Información engañosa sobre cómo registra las tasas de penetración de los paneles sándwich de fibra mineral, una métrica que muestra el uso de un producto frente a otros.
- Información incorrecta o engañosa sobre la disponibilidad de los datos de licitaciones, registros sobre las ofertas ganadas y perdidas que se utilizan habitualmente en las investigaciones de concentraciones para evaluar la dinámica competitiva de un sector.
- Información incorrecta sobre la implicación de los miembros del consejo de Kingspan en asuntos como la adquisición prevista de Trimo, otras adquisiciones contempladas por la empresa y las tendencias del sector y la estrategia de negocio.
- Información incorrecta o engañosa sobre la investigación y el desarrollo de Kingspan en paneles sándwich de fibra mineral, un tipo de datos que normalmente solo la propia empresa puede aportar y que resultan clave para entender su posición en el mercado relevante.
Según la Comisión, estos datos se facilitaron en el formulario de notificación de la operación o en respuestas a solicitudes de información al amparo del artículo 11, apartados 2 y 3, del reglamento de concentraciones.
El reglamento permite multar a las empresas con hasta el 1% de su facturación total si proporcionan información incorrecta o engañosa de forma intencionada o negligente. Para fijar el importe, la Comisión tiene en cuenta la naturaleza, la gravedad y la duración de la infracción, así como las circunstancias atenuantes y agravantes, y la multa debe ser suficientemente disuasoria.
El Ejecutivo comunitario considera graves las cuatro infracciones porque obstaculizaron la investigación y dificultaron el examen adecuado de la operación. Añade que Kingspan no podía desconocer sus obligaciones bajo el reglamento, por lo que la infracción fue al menos negligente. En concreto, la Comisión sostiene que la empresa afirmó que no existían documentos clave, tergiversó hechos o alegó la imposibilidad de facilitar información esencial que solo ella podía proporcionar. Con estos factores, ha impuesto 10 millones de euros por cada infracción, hasta un total de 40 millones, cantidad que considera disuasoria y proporcionada.
Antecedentes de la operación
En marzo de 2021, Kingspan notificó a la Comisión su plan de adquirir Trimo. Ambas empresas producen y distribuyen paneles sándwich de fibra mineral. En abril de 2021, Bruselas abrió una investigación en profundidad sobre la operación y, en marzo de 2022, emitió un pliego de cargos en el que advertía de que la transacción podría afectar negativamente a la competencia en determinados mercados de materiales de construcción, con el consiguiente riesgo de precios más altos, menor calidad o menos opciones para los clientes. En abril de 2022, las partes abandonaron la operación.
El reglamento de concentraciones obliga a las partes a facilitar a la Comisión información correcta y no engañosa, tanto al notificar una operación como al responder a sus solicitudes de información. Estas notificaciones y solicitudes son las principales fuentes para el examen de fusiones y adquisiciones, por lo que su exactitud y exhaustividad son esenciales para una evaluación eficaz.
Esta es la cuarta vez que la Comisión adopta una decisión por multar a una empresa por facilitar información incorrecta o engañosa desde la entrada en vigor del reglamento. En mayo de 2017 multó a Facebook con 110 millones de euros durante la investigación de su adquisición de WhatsApp; en abril de 2019 impuso 52 millones a General Electric por información incorrecta en el examen de su compra de LM Wind; y en mayo de 2021 sancionó con 7,5 millones a Sigma-Aldrich por datos incorrectos o engañosos en la investigación de la adquisición de esta por Merck. En julio de 2025, la Comisión abrió una investigación formal para determinar si KKR facilitó información incorrecta o engañosa durante el examen de la compra de NetCo.
